Tiene usted algún comentario acerca de la Resolución 0140 del 2013-Directrices para la realización de los reconocimientos médicos de la gente de mar?
RESOLUCIÓN NÚMERO 0140 DE 2013 (Marzo 26 de 2013) |
por medio de la cual se adoptan las directrices para la realización de los reconocimientos médicos de la gente de mar. | CONSIDERANDO: *Que la Dirección General Marítima es la Autoridad Marítima Nacional que ejecuta la política del Gobierno en materia marítima y tiene por objeto la dirección, coordinación y control de las actividades marítimas, en los términos señalados en el Decreto-ley 2324 de 1984. *Que el Decreto 1597 de 1988 reglamenta la Ley 35 de 1981 y parcialmente el Decreto 2324 de 1984, estableciendo normas y requisitos para la formación, titulación ejercicio profesional de la gente de mar. *Que los artículos 17 y 18 ibídem establecen los exámenes médicos reglamentarios, tanto iniciales como periódicos, que debe acreditar toda la gente de mar. *Que el Subcomité de Normas de Formación y Guardia, de la Organización Marítima Internacional (OMI), en su 43 período de sesiones (abril 30 a mayo 4/2012), de conformidad con la resolución 8 de la Conferencia de 2010 de Formación, aprobó directrices sobre el examen médico de la gente de mar, desarrollado por la Organización en cooperación con la Organización Internacional del Trabajo. Documento del Comité de Seguridad Marítima, STCW.7/Circ.19 9 enero 2013. Que la enmienda de Manila al Convenio de Formación, Titulación y Guardia - STCW por sus siglas en inglés, en la sección A-I/9, numeral 3, establece que los reconocimientos médicos de la gente de mar correrán a cargo de facultativos experimentados y debidamente cualificados reconocidos por la parte. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE |
Nuevamente aplican una enmienda del STCW 2010 para algunos casos pero NO para lo más importante, la titulación de la gente de Mar |